ASESORÍA TÉCNICA Y CONSULTORÍA
Elaboración de Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo. Plan Mínimo de Prevención de Riesgos
Plan de Contingencia y Protección contra Incendios Industriales
Conformación del Comité Paritario de Seguridad
Toda empresa en la que laboren más de quince trabajadores deberá organizarse un Comité de Seguridad e Higiene del Trabajo el mismo que trabajara en la prevención de riesgos laborales dentro de su empresa junto con la Unidad de Salud Ocupacional previamente conformada. El Comité estará integrado en forma paritaria por tres representantes de los trabajadores y tres representantes de los empleadores, quienes de entre sus miembros se elegirá a un presidente y un secretario.
En aquellas empresas que dispongan de más de un centro de trabajo, se conformarán Subcomités de Seguridad e Higiene a más del Comité Central, en cada uno de los centros que superen la cifra de diez trabajadores.
Las actividades a realizarse incluye:

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